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Hay una convocatoria más reciente: Alumnos de la escuela judicial para su posterior acceso a la carrera judicial por la categoría de juez (2026). Esta es la de 2025.

Finalizada Funcionario

Juez: 120 plazas de alumnos de la Escuela Judicial (oposición conjunta con 80 de fiscal)

Nombre oficial: Alumnos de la escuela judicial para su posterior acceso a la carrera judicial por la categoría de juez

Consejo General del Poder Judicial

Es la oposición a Juez y Fiscal que convoca cada año la Comisión de Selección del Consejo General del Poder Judicial. Se ofrecen 120 plazas de juez y 80 de abogado fiscal; se hace un único examen y, según la nota final, cada aprobado elige carrera. Hay que ser licenciado o graduado en Derecho, tener nacionalidad española y superar tres ejercicios eliminatorios (un test y dos exámenes orales) más un curso en la Escuela Judicial. El plazo de solicitud fue del 3 al 28 de noviembre de 2025 y el proceso ya está en la fase de exámenes orales.

Plazas120
120 libres
Plazo de solicitudhasta el 28 nov 2025
cerrado hace 317 días
ExamenYa celebrado
TitulaciónA1 · Grado / licenciatura
Licenciado en Derecho o grado en Derecho
SistemaVer bases
Publicada1 nov 2025
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
  1. Convocatoria1 nov 2025
  2. Plazo28 nov 2025
  3. Admitidos (prov.)3 dic 2025
  4. Admitidos (def.)
  5. Examen
  6. Resultados
  7. Nombramientos21 feb 2026

El plazo de solicitud terminó el 28 de noviembre de 2025 y el proceso ya está en los ejercicios orales, así que ya no puedes inscribirte en esta convocatoria. Sirve para saber cómo funciona de cara a la siguiente, que suele publicarse cada año en el BOE. Además, las 120 plazas de juez se convocan junto con 80 de fiscal en un único examen: en total son 200 plazas, de las que 10 están reservadas a personas con discapacidad. El temario completo está en el Anexo I del BOE de 1 de noviembre de 2025; aquí solo hemos podido resumir sus bloques porque el texto recibido está incompleto.

Quién puede presentarse

  • Ser mayor de edad y no llegar a la edad de jubilación de jueces y fiscales antes de tomar posesión.
  • Tener nacionalidad española.
  • Tener el título de Licenciatura o Grado en Derecho, o estar en condiciones de obtenerlo cuando acabe el plazo de solicitud. Los títulos extranjeros necesitan homologación o certificado de equivalencia.
  • No estar en ninguna causa de incapacidad de las que fija el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 44 del Estatuto del Ministerio Fiscal.
  • Hay 10 plazas reservadas para personas con discapacidad igual o superior al 33% que acrediten el grado y la compatibilidad con las funciones.

No puedes si…

  • Quien no tenga nacionalidad española.
  • Quien no tenga (o no vaya a tener al cerrar el plazo) el título de Derecho.
  • Quien esté en alguna causa de incapacidad de la Ley Orgánica del Poder Judicial o del Estatuto del Ministerio Fiscal (por ejemplo, condenas por delito doloso mientras no se obtenga rehabilitación).
  • Quien no presente la solicitud o no pague la tasa dentro del plazo: queda excluido.

Pruebas

1. Primer ejercicio: test (eliminatoria)Cuestionario escrito de 100 preguntas con 4 respuestas y solo una correcta, en 2 horas y 45 minutos. Reparto: 10 de Derecho Constitucional y de la Unión Europea, 40 de Derecho Civil, 30 de Derecho Penal y 20 de Derecho Procesal (13 de Procesal Civil y 7 de Procesal Penal). Se puntúa de 0 a 100: cada acierto suma 1 punto, cada fallo resta 0,33 y las no contestadas no puntúan. Solo pasan los 1.050 mejores (más empates y reclamaciones estimadas). Se hace a la vez en Barcelona, Granada, Madrid, Valladolid y Valencia. Quien aprobó el segundo ejercicio de la convocatoria anterior (la de 3 de diciembre de 2024) está exento de este test.
2. Segundo ejercicio: oral (Constitucional, Civil y Penal) (eliminatoria)Exposición oral ante el tribunal, en público, de 5 temas sacados a suerte: 1 de Derecho Constitucional y de la Unión Europea, 2 de Derecho Civil (uno de los temas 1-46 y otro de los 47-94) y 2 de Derecho Penal (uno de los temas 1-26 y otro de los 27-64). Tienes 15 minutos previos para preparar un esquema y 60 minutos para exponer, sin pasar de 15 minutos por tema. Se puntúa hasta 50 puntos; para aprobar necesitas la mayoría de votos del tribunal y la nota será como mínimo 25. Si a partir del segundo tema el tribunal ve por unanimidad que el contenido es claramente insuficiente, te invita a retirarte.
3. Tercer ejercicio: oral (Procesal, Mercantil, Administrativo/Laboral) (eliminatoria)Exposición oral en público de 5 temas sacados a suerte: 2 de Derecho Procesal Civil (uno de los temas 1-30 y otro de los 31-59), 1 de Derecho Procesal Penal, 1 de Derecho Mercantil y 1 de Derecho Administrativo o Laboral. Mismo formato: 15 minutos de preparación, 60 minutos de exposición, máximo 15 por tema, con preferencia de tiempo para los temas procesales. Hasta 50 puntos; aprobado con mayoría del tribunal y nota mínima 25. En este ejercicio el tribunal no puede invitarte a retirarte.
4. Curso selectivo en la Escuela JudicialQuien supera los tres ejercicios y elige la Carrera Judicial ingresa como funcionario en prácticas en la Escuela Judicial para hacer el curso selectivo. Las bases no detallan su duración ni contenido.

Dificultad estimada: 5/5 — Es una de las oposiciones más duras de España: grupo A1, más de 300 temas, tres ejercicios eliminatorios (dos de ellos orales ante un tribunal y en público), un corte de solo 1.050 aspirantes en el test y varios miles de candidatos para 200 plazas entre juez y fiscal.

Temario

El temario completo está en el Anexo I de la convocatoria (Programa que ha de regir la oposición para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal para 2025). Es muy extenso (más de 300 temas), por eso aquí solo se listan los bloques. El texto que hemos recibido llega hasta el tema 80 de Derecho Civil; los números de temas de Civil, Penal y Procesal Civil se toman de lo que dicen las bases sobre el sorteo de temas. Los ejercicios se ajustan a la normativa publicada en el BOE a 1 de noviembre de 2025, aunque no hubiera entrado en vigor.

  1. Bloque I. Derecho Constitucional y de la Unión Europea: 29 temas
  2. Bloque II. Derecho Civil: 94 temas
  3. Bloque III. Derecho Penal: 64 temas
  4. Bloque IV. Derecho Procesal Civil: 59 temas
  5. Bloque V. Derecho Procesal Penal: número de temas no visible en el texto recibido
  6. Bloque VI. Derecho Mercantil: número de temas no visible en el texto recibido
  7. Bloque VII. Derecho Administrativo y Derecho Laboral: número de temas no visible en el texto recibido

Temario completo (7 temas) →

Documento oficial del temario

Cómo presentar la solicitud

Plazo: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el BOE (1 de noviembre de 2025): del 3 al 28 de noviembre de 2025. Plazo ya cerrado.

  1. Entra en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips) y busca la convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal.
  2. Pulsa «Inscribirse» y después «Realice su inscripción online». Necesitas identificarte con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.
  3. Rellena el modelo oficial 790 y adjunta, si te toca, los documentos escaneados (certificado de discapacidad, título de familia numerosa, certificado de demandante de empleo, etc.).
  4. Paga la tasa de 31,10 euros en la misma plataforma (o marca la exención que te corresponda).
  5. Registra la solicitud electrónicamente y descarga el justificante de pago y registro firmado. El NRC que aparece en el justificante es la prueba de que has pagado.
  6. Solo si por una causa sobrevenida y justificada no puedes hacerlo por internet: escribe a seleccion@escuelajudicial.es explicándolo y te facilitarán un impreso para presentar en papel en el Registro del CGPJ (calle Marqués de la Ensenada 8, Madrid), del Ministerio de Justicia (calle de la Bolsa 8, Madrid) o de la Fiscalía General (calle Fortuny 4, Madrid).
  7. Si te presentas por el turno de discapacidad y necesitas adaptaciones o más tiempo, adjunta un escrito con lo que pides y el dictamen técnico facultativo.

Tasa: 31,10 euros. Exentos del pago: personas con discapacidad igual o superior al 33%; demandantes de empleo desde al menos un mes antes del 1 de noviembre de 2025 que no hayan rechazado ofertas y no tengan rentas superiores al salario mínimo (hay que aportar certificado del SEPE, declaración de la renta y declaración jurada); familias numerosas de categoría especial (100% de exención) y de categoría general (50% de descuento); víctimas del terrorismo. No se devuelve la tasa si te excluyen por causas que dependan de ti.

Documentación

  • Solicitud modelo 790 rellenada por internet y justificante de pago y registro.
  • No hace falta adjuntar DNI, título ni certificado de antecedentes penales: la Comisión los consulta directamente salvo que te opongas expresamente.
  • Si pides exención de tasa: certificado de discapacidad, título de familia numerosa actualizado, certificado del SEPE más declaración de la renta y declaración jurada de ingresos, o sentencia/resolución que acredite la condición de víctima del terrorismo.
  • Turno de discapacidad: escrito con las adaptaciones que solicitas y dictamen técnico facultativo del órgano que reconoce la discapacidad.
  • Una vez aprobados los tres ejercicios: los documentos que pida la Comisión para acreditar requisitos no comprobados, en el plazo que indique (con 10 días hábiles más para subsanar).

Ir a la solicitud

Fechas clave

  • Publicación de la convocatoria en el BOE: 1 de noviembre de 2025
  • Plazo de solicitudes: Del 3 al 28 de noviembre de 2025
  • Lista provisional de admitidos y excluidos (Acuerdo de 1 de diciembre de 2025): 3 de diciembre de 2025
  • Publicación de la nota de corte del primer ejercicio (test) y apertura del plazo de 5 días hábiles para impugnar preguntas: 7 de febrero de 2026
  • Lista de aspirantes que han superado el primer ejercicio y llamamiento al segundo ejercicio: 21 de febrero de 2026
  • Correcciones de la lista de aprobados del primer ejercicio: 28 de febrero de 2026 y 28 de marzo de 2026
  • Segundo y tercer ejercicio (orales): En curso desde febrero de 2026. Cada semana de llamamiento se anuncia con al menos 10 días hábiles de antelación y las convocatorias diarias con 12 horas en www.poderjudicial.es

Consejos para este proceso

  • Es una oposición de larga preparación (varios años) con temario de más de 300 temas y exámenes orales: lo habitual es preparar con un preparador o academia que te tome los temas en voz alta.
  • En el test los fallos restan 0,33: no respondas al azar y practica con exámenes de convocatorias anteriores publicados en poderjudicial.es.
  • Entrena la exposición oral con reloj: 15 minutos por tema, 60 en total. En el segundo ejercicio el tribunal puede pararte tras el segundo tema si ve que el contenido es pobre.
  • Si apruebas el segundo ejercicio pero suspendes el tercero, en la siguiente convocatoria no tendrás que repetir el test. Tenlo en cuenta al planificar.
  • Sigue las publicaciones en poderjudicial.es, fiscal.es, mjusticia.es y cej-mjusticia.es: ahí salen las listas, las convocatorias diarias y los formularios de reclamación. Las reclamaciones se envían solo a seleccion@escuelajudicial.es.
  • El orden de actuación en los orales empieza por la letra «U» del primer apellido.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir si quiero ser juez o fiscal?

Sí, pero al final. El examen es el mismo para las dos carreras. Cuando apruebas los tres ejercicios, tienes 24 horas para presentar tu opción y se adjudican las plazas por orden de nota: el número 1 elige primero, y así hasta agotar las 120 de juez y las 80 de fiscal.

¿Necesito experiencia o máster de abogacía?

No. Solo el título de Licenciatura o Grado en Derecho. No piden máster, colegiación ni experiencia.

¿Se puede presentar alguien que no tenga nacionalidad española?

No. Es un requisito obligatorio tener nacionalidad española.

¿Cuántas personas pasan el test?

Solo las 1.050 con mejor nota (más las que empaten en la nota de corte o ganen una impugnación). El resto queda fuera del proceso.

¿Cómo se calcula la nota final?

Sumando la puntuación del segundo y del tercer ejercicio (máximo 50 cada uno). El test solo sirve para pasar el corte, no cuenta en la nota final. Los empates se deshacen por la nota del segundo ejercicio y, si sigue el empate, por sorteo.

¿Qué pasa después de aprobar la oposición?

Ingresas como funcionario en prácticas en la Escuela Judicial (juez) o en el Centro de Estudios Jurídicos (fiscal) para hacer un curso selectivo. Solo después de superarlo entras en la Carrera Judicial o Fiscal.

Seguimiento del proceso

  • 28 mar 2026
    Corrección de errores / modificación

    Acuerdo de 25 de marzo de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se modifica el Acuerdo de 19 de febrero de 2026, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el segundo ejercicio

    BOE
  • 28 feb 2026
    Corrección de errores / modificación

    Acuerdo de 25 de febrero de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se modifica el de 19 de febrero de 2026, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el segundo ejercicio.

    BOE
  • 21 feb 2026
    Aprobados y nombramientos

    Acuerdo de 19 de febrero de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el segundo ejercicio

    BOE
  • 7 feb 2026
    Otra publicación

    Acuerdo de 5 de febrero de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se publica la nota de corte para superar el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el plazo de impugnaciones contra las preguntas y respuestas del primer ejercicio

    BOE
  • 3 dic 2025
    Lista provisional de admitidos y excluidos

    Acuerdo de 1 de diciembre de 2025, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas, para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial y del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a y a la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal, convocadas por Acuerdo de 29 de octubre de 2025

    BOE
  • 1 nov 2025
    Convocatoria publicada

    Acuerdo de 29 de octubre de 2025, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal

    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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Bases Avisarme

La información oficial es la del boletín y las bases enlazadas; esta ficha es una ayuda para entenderlas y puede contener errores. Última actualización: 22 sep 2026.