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Lista de admitidos publicada Funcionario

Registradores de la Propiedad y Mercantiles: 50 plazas (Estado, 2026)

Nombre oficial: Registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes convoca 50 plazas para el Cuerpo de Aspirantes a Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Puede presentarse cualquier persona española, mayor de edad y con la licenciatura o el grado en Derecho, sin necesidad de ser ya funcionario. La solicitud se hizo por internet entre el 16 de febrero y el 27 de marzo de 2026, pagando 31,10 euros de tasa. Los exámenes se celebran solo en Madrid.

Plazas50
50 libres
Plazo de solicitudhasta el 27 mar 2026
cerrado hace 198 días
ExamenSin fecha aún
TitulaciónA1 · Grado / licenciatura
Licenciado o Licenciada en Derecho, o Graduado o Graduada en Derecho.
SistemaVer bases
Publicada13 feb 2026
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
  1. Convocatoria13 feb 2026
  2. Plazo27 mar 2026
  3. Admitidos (prov.)6 may 2026
  4. Admitidos (def.)9 jun 2026
  5. Examen
  6. Resultados
  7. Nombramientos

La convocatoria no incluye ni el temario ni la descripción de los ejercicios: se remite al programa de la Resolución de 19 de julio de 2015 (modificado en 2022) y al artículo 506 del Reglamento Hipotecario. Además, el plazo de solicitudes ya está cerrado (terminó el 27 de marzo de 2026) y el Tribunal ya fijó la fecha de comienzo de los ejercicios en su acuerdo de 8 de julio de 2026, publicado en el BOE el 17 de julio de 2026.

Quién puede presentarse

  • Tener nacionalidad española.
  • Ser mayor de edad (18 años o más).
  • Tener el título de Licenciado/a en Derecho o Graduado/a en Derecho. Si el título es extranjero, hay que acreditar la convalidación u homologación (no hace falta si ya se reconoció la cualificación profesional por normas de la Unión Europea).
  • Cumplir todos los requisitos el último día del plazo de solicitudes (27 de marzo de 2026).
  • Hay 5 de las 50 plazas reservadas para personas con discapacidad (el 10 % del total). Quien quiera usar ese cupo debe marcarlo en la casilla 22 de la solicitud.

No puedes si…

  • Quien esté en alguna de las causas de incapacidad del artículo 280 de la Ley Hipotecaria (las bases no las enumeran; hay que mirar ese artículo).
  • Quien haya sido separado del servicio de cualquier Administración Pública por resolución firme de un expediente disciplinario.
  • Las 5 plazas reservadas a personas con discapacidad no pueden ocuparlas el resto de aspirantes: si sobran, quedan sin cubrir.

Pruebas

1. Ejercicios de la oposición (según el artículo 506 del Reglamento Hipotecario) (eliminatoria)Las bases no describen los ejercicios ni cómo se puntúan: dicen solo que se ajustan a lo previsto en el artículo 506 del Reglamento Hipotecario. Sí se deduce que hay al menos tres ejercicios, porque el programa se aplica a «los dos primeros». Las bases no dicen si son eliminatorios; para saberlo hay que leer ese artículo 506.
2. Sorteo del orden de actuaciónAntes de empezar se hace un sorteo (artículo 505 del Reglamento Hipotecario) que fija el orden en que se llama a los aspirantes. El lugar y la fecha del sorteo se publicaron junto con la lista definitiva de admitidos. Quienes van por el cupo de discapacidad se llaman tras el primer llamamiento del turno ordinario en cada uno de los dos primeros ejercicios.

Dificultad estimada: 5/5 — Es una de las oposiciones jurídicas más duras de España: exige licenciatura o grado en Derecho (grupo A1), tiene un temario muy amplio aprobado en otra resolución, varios ejercicios ante un único tribunal en Madrid y solo 50 plazas para miles de aspirantes que suelen prepararse durante años.

Temario

Temario tomado de: Resolución de 19 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo programa para el primero y segundo ejercicios de las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles (BOE núm. 184, de 3 de agosto de 2015), con las modificaciones del anexo I de la Resolución de 3 de febrero de 2022 de la DGSJFP (BOE-A-2022-2086). Programa oficial vigente (350 temas en total), aprobado por Resolución de 19-7-2015 (BOE 3-8-2015) y actualizado por el anexo I de la Resolución de 3-2-202

  1. PRIMER EJERCICIO — Bloque I. Derecho Civil (125 temas: Primera parte, temas 1-51, parte general, persona, derechos reales y garantías; Segunda parte, temas 52-83, obligaciones y contratos; Tercera parte, temas 84-125, familia y sucesiones)
  2. PRIMER EJERCICIO — Bloque II. Derecho Mercantil (57 temas, temas 1-57: empresario, sociedades, Registro Mercantil, títulos valores, concurso)
  3. PRIMER EJERCICIO — Bloque III. Derecho Administrativo (16 temas, temas 1-16: acto administrativo, procedimiento, contratos, bienes públicos, expropiación, responsabilidad patrimonial, urbanismo, colegios profesionales, Seguridad Social)
  4. PRIMER EJERCICIO — Bloque IV. Derecho Procesal (22 temas, temas 17-38: jurisdicción y competencia, partes, actuaciones judiciales, resoluciones, procesos declarativos, ejecución, jurisdicción voluntaria, concursal y penal)
  5. SEGUNDO EJERCICIO — Bloque V. Derecho Hipotecario (73 temas: Primera parte, temas 1-28, Registro de la Propiedad, principios hipotecarios, asientos; Segunda parte, temas 29-52, concordancia Registro-realidad, inmatriculación, publicidad formal, calificación y recursos; Tercera parte, temas 53-73, hipoteca y ejecución hipotecaria)
  6. SEGUNDO EJERCICIO — Bloque VI. Derecho Fiscal (39 temas, temas 1-39: Derecho tributario general, ITP y AJD, ISD, IVA, IRPF, Sociedades, IBI e IIVTNU, obligaciones fiscales del Registrador)
  7. SEGUNDO EJERCICIO — Bloque VII. Derecho Notarial (18 temas, temas 1-18: función notarial, instrumento público, escrituras y actas, copias, actas de transparencia en crédito inmobiliario, protocolo)

Temario completo (7 temas) →

Documento oficial del temario

Cómo presentar la solicitud

Plazo: Treinta días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE (13 de febrero de 2026). En la práctica: del 16 de febrero al 27 de marzo de 2026.

  1. Entra en el servicio de Inscripción en Procesos Selectivos (IPS) del Punto de Acceso General: https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html (también se llega desde www.mjusticia.gob.es, en Ciudadanía - Empleo público - Oposiciones y Procesos Selectivos Acceso Libre).
  2. Identifícate con uno de los sistemas que admita IPS (certificado, Cl@ve, etc.), busca la convocatoria del Cuerpo de Aspirantes a Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles y pulsa «inscribirse».
  3. Elige «realice la inscripción online» y rellena el modelo oficial 790 siguiendo las instrucciones del anexo I de la convocatoria (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; centro gestor: Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública; año 2026; forma de acceso «L»; provincia de examen «Madrid»).
  4. Adjunta escaneados los documentos que necesites (certificado de discapacidad, título de familia numerosa, etc.) si no autorizas la consulta automática de tus datos.
  5. Paga la tasa por la propia plataforma. El pago correcto queda acreditado con el Número de Referencia Completo (NRC) que aparece en el justificante.
  6. Descarga y guarda el justificante de pago y de registro de la solicitud, firmado electrónicamente.
  7. Si necesitas cambiar algo, puedes modificar los datos de la inscripción mientras siga abierto el plazo.
  8. Solo en dos casos se admite papel: si no tienes cuenta en una entidad que permita pagar tasas por internet, o si una incidencia técnica acreditada impide la inscripción electrónica. Entonces se elige «realice su inscripción presencial», se generan tres copias, se paga en un banco colaborador y se presenta en el Registro General del Ministerio (calle La Bolsa, 8, 28071 Madrid) o en cualquiera de los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, dirigido a la Unidad EA0041034-S.G. del Notariado y de los Registros, poniendo en Asunto: REGISTRADORES2026, con la documentación que acredite la imposibilidad.

Tasa: 31,10 euros. 15,55 euros (50 %) para miembros de familias numerosas de categoría general. Exención total (no pagas nada) para: personas con discapacidad igual o superior al 33 %; familias numerosas de categoría especial; personas que figuren como demandantes de empleo al menos un mes antes del 13 de febrero de 2026, que no hayan rechazado una oferta de empleo adecuada ni acciones de formación sin causa justificada y que no tengan rentas mensuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional; y víctimas del terrorismo (incluidos cónyuge o pareja e hijos e hijas de heridos y fallecidos). El pago o la justificación de la exención tiene que hacerse dentro del plazo de solicitudes; si no, te excluyen.

Documentación

  • Solicitud en modelo oficial 790, cumplimentada en IPS.
  • Justificante del pago de la tasa (o de la exención) dentro del plazo.
  • Certificado de discapacidad, si tienes un grado igual o superior al 33 % y no autorizas la consulta automática de tus datos (no hace falta si el reconocimiento es de una comunidad autónoma de la lista de https://ips.redsara.es/IPSC/secure/tablaComunidades).
  • Dictamen Técnico Facultativo actualizado, si pides adaptación de tiempo o medios para los exámenes.
  • Fotocopia del título de familia numerosa actualizado, si pides la exención o la bonificación y no autorizas la consulta automática.
  • Certificado de demandante de empleo y certificado de la declaración del IRPF de 2024 o del nivel de renta, si pides esa exención y no autorizas la consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos ni a la Agencia Tributaria.
  • Sentencia judicial firme o resolución administrativa que reconozca la condición de víctima del terrorismo: en este caso hay que adjuntarla siempre.
  • Credencial de homologación o convalidación, si tu título de Derecho es extranjero.
  • Documento que acredite la representación, si presentas la solicitud por medio de otra persona.
  • Si te seleccionan: la documentación que acredite tu aptitud para el cargo, en el plazo y forma del artículo 508 del Reglamento Hipotecario.

Ir a la solicitud

Fechas clave

  • Publicación de la convocatoria en el BOE: 13 de febrero de 2026
  • Inicio del plazo para presentar la solicitud: 16 de febrero de 2026
  • Fin del plazo para presentar la solicitud y pagar la tasa: 27 de marzo de 2026
  • Lista provisional de admitidos y excluidos (Resolución de 22 de abril de 2026): Publicada en el BOE el 6 de mayo de 2026
  • Lista definitiva de admitidos y excluidos, con lugar y fecha del sorteo (Resolución de 28 de mayo de 2026): Publicada en el BOE el 9 de junio de 2026
  • Nombramiento del Tribunal calificador (Orden PJC/668/2026, de 23 de junio): Publicada en el BOE el 3 de julio de 2026
  • Acuerdo del Tribunal de 8 de julio de 2026 que fija la fecha de comienzo de los ejercicios: Publicado en el BOE el 17 de julio de 2026 (la fecha concreta está en ese acuerdo)
  • Comienzo de los ejercicios, según las bases: En un plazo no superior a ocho meses desde el 13 de febrero de 2026

Consejos para este proceso

  • Antes de estudiar, descarga el programa: la Resolución de 19 de julio de 2015 (BOE de 3 de agosto de 2015) y el anexo I de la Resolución de 3 de febrero de 2022. Las bases de 2026 no traen los temas.
  • Lee el artículo 506 del Reglamento Hipotecario: ahí está cómo son los ejercicios y cómo se puntúan, porque la convocatoria no lo explica.
  • Ten en cuenta que los exámenes son solo en Madrid (Registros de la Propiedad, calle Alcalá 540, entrada por calle Cronos). Cuenta con viajes y alojamiento si vives lejos.
  • Si pides exención o bonificación de la tasa, marca en la solicitud la casilla que autoriza la consulta de tus datos; te ahorra adjuntar certificados y es la causa más habitual de exclusión.
  • Esta es una oposición de años de preparación y con examen oral de temas ante tribunal: busca un preparador y una rutina de «cantar» temas desde el principio.

Preguntas frecuentes

¿Necesito ser ya funcionario para presentarme?

No. Es acceso libre: puede presentarse cualquier persona que cumpla los requisitos, sin ser ya funcionaria.

¿Sirve cualquier carrera?

No. Hace falta el título de Licenciado/a o Graduado/a en Derecho. Si lo obtuviste en el extranjero, necesitas la homologación o convalidación, salvo que ya tengas reconocida la cualificación profesional por normas europeas.

¿Puedo presentarme si no soy español o española?

No. Las bases exigen la nacionalidad española (artículo 504 del Reglamento Hipotecario).

¿Dónde están los temas que hay que estudiar?

No están en la convocatoria. El programa de los dos primeros ejercicios es el aprobado por la Resolución de 19 de julio de 2015 (BOE de 3 de agosto), con las modificaciones del anexo I de la Resolución de 3 de febrero de 2022.

¿Puedo elegir dónde examinarme?

No. Los exámenes se celebran solo en Madrid, porque hay un único tribunal calificador.

¿Hay plazas reservadas para personas con discapacidad?

Sí, 5 de las 50. Además, cualquier aspirante con discapacidad puede pedir adaptación de tiempo y medios en la casilla 23 de la solicitud, adjuntando el Dictamen Técnico Facultativo, aunque no use el cupo.

Si me excluyen o no me presento, ¿me devuelven la tasa?

No, si la exclusión es por causas tuyas. Solo se devuelve cuando el examen no llega a celebrarse por motivos que no dependen de ti.

Seguimiento del proceso

  • 17 jul 2026
    Otra publicación

    Acuerdo de 8 de julio de 2026, del Tribunal calificador de las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, por el que se señala la fecha en que han de dar comienzo los ejercicios de las mismas, convocadas por Resolución de 4 de febrero de 2026

    BOE
  • 3 jul 2026
    Tribunal calificador

    Orden PJC/668/2026, de 23 de junio, por la que se nombra el Tribunal calificador de las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocadas por Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

    BOE
  • 9 jun 2026
    Lista definitiva de admitidos

    Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas a las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocadas por Resolución de 4 de febrero de 2026

    BOE
  • 6 may 2026
    Lista provisional de admitidos y excluidos

    Resolución de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas a las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocadas por Resolución de 4 de febrero de 2026.

    BOE
  • 13 feb 2026
    Convocatoria publicada

    Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convocan oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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Bases Avisarme

La información oficial es la del boletín y las bases enlazadas; esta ficha es una ayuda para entenderlas y puede contener errores. Última actualización: 7 oct 2026.