Hay una convocatoria más reciente: Alumnos del centro de estudios jurídicos para su posterior ingreso en la carrera fiscal por la categoría de abogado fiscal (2026). Esta es la de 2025.
80 plazas de abogado fiscal (Carrera Fiscal) en toda España, oposición conjunta con jueces
Nombre oficial: Alumnos del centro de estudios jurídicos para su posterior ingreso en la carrera fiscal por la categoría de abogado fiscal
Consejo General del Poder Judicial
Es la oposición para entrar en la Carrera Fiscal como abogado fiscal (80 plazas) y en la Carrera Judicial como juez (120 plazas). Es un solo examen para las dos carreras: quien aprueba elige juez o fiscal según su nota. Hay que superar un test y dos exámenes orales, y después hacer un curso en el Centro de Estudios Jurídicos. La convocatoria salió en el BOE el 1 de noviembre de 2025 y el plazo de solicitud terminó el 28 de noviembre de 2025; ahora mismo el proceso está en la fase de exámenes orales.
80 libres
cerrado hace 317 días
Licenciados en Derecho o Grado en Derecho
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
- Convocatoria1 nov 2025
- Plazo28 nov 2025
- Admitidos (prov.)
- Admitidos (def.)10 ene 2026
- Examen
- Resultados
- Nombramientos
El plazo de solicitud terminó el 28 de noviembre de 2025 y el proceso ya está en la fase de exámenes orales, así que esta ficha sirve para conocer el sistema de cara a la próxima convocatoria. Las 80 plazas de fiscal se reparten con las 120 de juez en la misma oposición; 10 de las 200 plazas se reservan a personas con discapacidad. El temario completo está en el anexo I del PDF del BOE.
Quién puede presentarse
- Tener la nacionalidad española.
- Ser mayor de edad y no llegar a la edad de jubilación de jueces y fiscales antes de tomar posesión.
- Tener el título de Licenciatura o Grado en Derecho, o estar en condiciones de obtenerlo al cerrar el plazo de solicitud. Los títulos extranjeros necesitan homologación o certificado de equivalencia.
- No estar en ninguna de las causas de incapacidad del artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ni del artículo 44 del Estatuto del Ministerio Fiscal.
- Para el cupo de discapacidad: tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% y ser compatible con las funciones del puesto.
No puedes si…
- Quien no tenga la nacionalidad española.
- Quien no tenga el Grado o la Licenciatura en Derecho al terminar el plazo de solicitud.
- Quien esté en alguna causa de incapacidad de la Ley Orgánica del Poder Judicial o del Estatuto del Ministerio Fiscal (por ejemplo, condenas por delito doloso o procesamiento pendiente, según esas normas).
- Quien no presente la solicitud o no pague la tasa dentro del plazo queda excluido.
Pruebas
Dificultad estimada: 5/5 — Es un proceso del grupo A1 con tres ejercicios eliminatorios, un temario de más de 250 temas que hay que exponer de memoria ante un tribunal, un test que deja fuera a todos menos a 1.050 personas y solo 200 plazas en total para toda España.
Temario
El temario completo va en el anexo I de la convocatoria (BOE de 1 de noviembre de 2025). Son más de 250 temas, por eso aquí solo se listan los bloques. El texto que hemos podido leer llega hasta el tema 80 de Derecho Civil; el número de temas de Civil, Penal y Procesal Civil se deduce de las horquillas que marcan las bases para el sorteo de temas. Consulta el PDF del BOE para ver todos los epígrafes.
- Bloque I. Derecho Constitucional y de la Unión Europea: 29 temas
- Bloque II. Derecho Civil: 94 temas
- Bloque III. Derecho Penal: 64 temas
- Bloque IV. Derecho Procesal Civil: 59 temas
- Bloque V. Derecho Procesal Penal: número de temas no visible en el texto disponible
- Bloque VI. Derecho Mercantil: número de temas no visible en el texto disponible
- Bloque VII. Derecho Administrativo: número de temas no visible en el texto disponible
- Bloque VIII. Derecho Laboral: número de temas no visible en el texto disponible
Cómo presentar la solicitud
Plazo: 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE (1 de noviembre de 2025): del 3 al 28 de noviembre de 2025. Plazo ya cerrado.
- Entra en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips) e identifícate con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.
- Busca la convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, pulsa «inscribirse» y luego «realice su inscripción online». Rellena el modelo 790.
- Paga la tasa de 31,10 euros en la misma plataforma (o adjunta la documentación que justifique la exención).
- Si vas por el cupo de discapacidad, adjunta el escrito con las adaptaciones que pides y el dictamen técnico facultativo.
- Firma y registra la solicitud. Descarga el justificante de pago y de registro.
- Solo si tienes una causa justificada que te impida hacerlo por internet, escribe a seleccion@escuelajudicial.es para que te faciliten el impreso en papel y presentarlo en un registro.
Tasa: 31,10 euros. Exentos del pago: personas con discapacidad igual o superior al 33%, demandantes de empleo desde al menos un mes antes de la convocatoria (sin rentas superiores al salario mínimo), familias numerosas de categoría especial y víctimas de terrorismo. Las familias numerosas de categoría general pagan la mitad.
Documentación
- Solicitud modelo 790 rellenada por internet.
- Justificante de pago de la tasa o documentos que acrediten la exención (certificado de discapacidad, certificado del servicio de empleo más declaración de la renta y declaración jurada de ingresos, título de familia numerosa o resolución de víctima de terrorismo).
- Cupo de discapacidad: escrito con las adaptaciones solicitadas y dictamen técnico facultativo del órgano que reconoció el grado.
- El DNI, los antecedentes penales y el título de Derecho los consulta la Comisión de Selección directamente, salvo que te opongas en la solicitud.
- Al aprobar, se te pedirá la documentación que acredite los requisitos no comprobados de oficio, con 10 días hábiles para subsanar.
Fechas clave
- Publicación de la convocatoria en el BOE: 1 de noviembre de 2025
- Plazo de solicitudes: Del 3 al 28 de noviembre de 2025
- Corrección de errores de la convocatoria: 8 de noviembre de 2025
- Lista definitiva de admitidos, nombramiento del tribunal y sedes del primer ejercicio: 10 de enero de 2026
- Publicación de la nota de corte del test e inicio del plazo de impugnaciones: 7 de febrero de 2026
- Relación de quienes superan el primer ejercicio: 19 de febrero de 2026 (modificada el 25 de marzo de 2026)
- Inicio del segundo ejercicio (oral): A partir del acuerdo de 25 de marzo de 2026, publicado el 28 de marzo de 2026
Consejos para este proceso
- El test corta en 1.050 personas y los fallos restan 0,33: practica con tests de convocatorias anteriores y no contestes a ciegas.
- Los orales exigen «cantar» temas de memoria con reloj: entrena en voz alta con cronómetro, 12-15 minutos por tema, y acostúmbrate a hablar delante de gente.
- El temario supera los 250 temas y se prepara habitualmente durante varios años; planifica vueltas completas al temario y repasos periódicos.
- Si superas el segundo ejercicio pero no el tercero, en la siguiente convocatoria te libras del test: úsalo como colchón.
- Sigue las webs oficiales (poderjudicial.es, fiscal.es, mjusticia.es y cej-mjusticia.es): ahí se publican las respuestas del test, las convocatorias diarias de los orales y las notas.
Preguntas frecuentes
¿Me presento a fiscal o a juez? ¿Son exámenes distintos?
No. Es una única oposición para las dos carreras. Al aprobar, los candidatos eligen juez o fiscal por orden de nota (el número 1 elige primero) hasta agotar las 120 plazas de juez y las 80 de fiscal.
¿Puedo presentarme si aún no tengo el título de Derecho?
Sí, siempre que estés en condiciones de obtenerlo cuando termine el plazo de solicitud, es decir, que hayas terminado la carrera aunque no tengas el título físico.
¿Hace falta ser funcionario o tener experiencia?
No. Es una oposición libre: puede presentarse cualquiera que cumpla los requisitos, sin necesidad de ser funcionario ni tener experiencia previa.
¿Qué pasa si apruebo el test pero suspendo un oral?
Quedas fuera de esta convocatoria. Pero si superaste el segundo ejercicio, en la convocatoria siguiente no tendrás que repetir el test.
¿Se puede aprobar sin sacar plaza?
Sí. Si hay más aprobados que plazas, solo obtienen plaza los mejores por orden de puntuación. La lista final no puede superar las 200 plazas convocadas.
¿Dónde se hacen los exámenes?
El test se hace el mismo día en Barcelona, Granada, Madrid, Valladolid y Valencia, según el domicilio que pongas en la solicitud. Los orales los fija la Comisión de Selección con al menos 10 días hábiles de antelación, con calendario por semanas.
Seguimiento del proceso
- 28 mar 2026
Corrección de errores / modificación
Acuerdo de 25 de marzo de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se modifica el Acuerdo de 19 de febrero de 2026, por el que se publica la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el segundo ejercicio
BOE - 7 feb 2026
Otra publicación
Acuerdo de 5 de febrero de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se publica la nota de corte para superar el primer ejercicio del proceso selectivo convocado por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, y se dispone lo necesario para que dé comienzo el plazo de impugnaciones contra las preguntas y respuestas del primer ejercicio
BOE - 10 ene 2026
Lista definitiva de admitidos
Acuerdo de 8 de enero de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas para el ingreso en la Escuela Judicial y en el Centro de Estudios Jurídicos, convocadas por Acuerdo de 29 de octubre de 2025, se procede al nombramiento del Tribunal calificador número 1 y se señalan los lugares en que tendrá lugar el primer ejercicio
BOE - 8 nov 2025
Corrección de errores / modificación
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de octubre de 2025, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal.
BOE - 1 nov 2025
Convocatoria publicada
Acuerdo de 29 de octubre de 2025, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal
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La información oficial es la del boletín y las bases enlazadas; esta ficha es una ayuda para entenderlas y puede contener errores. Última actualización: 7 oct 2026.