Abogado fiscal: 200 plazas de alumnos del Centro de Estudios Jurídicos (Carrera Fiscal), 2026
Nombre oficial: Alumnos del centro de estudios jurídicos para su posterior ingreso en la carrera fiscal por la categoría de abogado fiscal
Consejo General del Poder Judicial
Es la oposición conjunta a juez y fiscal de 2026. Se convocan 575 plazas en total: 375 para juez (Escuela Judicial) y 200 para abogado fiscal (Centro de Estudios Jurídicos). Es para cualquiera con el título de Derecho, sin necesidad de ser ya funcionario. Hay que superar un test y dos exámenes orales, y después un curso en el Centro de Estudios Jurídicos. El plazo para apuntarse fue de 20 días hábiles desde el 16 de junio de 2026 (hasta el 13 de julio de 2026) y la lista provisional de admitidos se publicó el 28 de julio de 2026.
200 libres
cerrado hace 90 días
Licenciados en Derecho o Grado en Derecho
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Convocatoria anterior: Alumnos del centro de estudios jurídicos para su posterior ingreso en la carrera fiscal por la categoría de abogado fiscal (2025)
- Convocatoria15 jun 2026
- Plazo13 jul 2026
- Admitidos (prov.)28 jul 2026
- Admitidos (def.)30 sep 2026
- Examen
- Resultados
- Nombramientos
La convocatoria es conjunta para juez (375 plazas) y abogado fiscal (200 plazas): te apuntas a las dos a la vez y eliges carrera solo al aprobar. Las 29 plazas de discapacidad son para el conjunto de las 575. El plazo de solicitud terminó el 13 de julio de 2026 y la lista provisional de admitidos salió el 28 de julio de 2026. Las bases completas y el temario íntegro están en el BOE de 15 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12918).
Quién puede presentarse
- Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación de la Carrera Judicial y Fiscal, ni alcanzarla antes de tomar posesión.
- Tener nacionalidad española.
- Tener el título de Licenciatura o Grado en Derecho, o estar en condiciones de obtenerlo cuando acabe el plazo de solicitud. Si el título es extranjero, hace falta homologación o certificado de equivalencia (o reconocimiento de cualificación profesional según el derecho de la Unión Europea).
- No estar en ninguna causa de incapacidad de las que marcan el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- Hay reserva de 29 plazas (contando juez y fiscal juntos) para personas con discapacidad igual o superior al 33% que acrediten el grado y la compatibilidad con las funciones. Las que no se cubran pasan al turno general.
- Los requisitos hay que cumplirlos el último día del plazo de solicitud y mantenerlos hasta la toma de posesión.
No puedes si…
- Quien no tenga nacionalidad española.
- Quien esté en alguna causa de incapacidad del artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial o del artículo 44 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- Quien no presente la solicitud o no pague (o no justifique la exención de) la tasa dentro del plazo: queda excluido.
- Quien no se presente al primer ejercicio: se entiende que renuncia.
- Quien copie o use aparatos electrónicos u otro engaño en cualquier ejercicio puede ser expulsado y excluido del proceso.
Pruebas
Dificultad estimada: 5/5 — Es una de las oposiciones más duras de España: grupo A1, temario de varios cientos de temas jurídicos, tres ejercicios eliminatorios (test con corte a los 1.650 mejores y dos orales de una hora ante tribunal) y después un curso selectivo; se necesitan normalmente varios años de preparación.
Temario
El temario completo va en el anexo I de la convocatoria (BOE de 15 de junio de 2026). Como son más de 60 temas, se resume por bloques. El texto que hemos podido leer llega hasta el tema 68 de Derecho Civil; el número de temas de Civil, Penal y Procesal Civil sale de las horquillas que fijan las bases para los orales, y el de los bloques de Procesal Penal, Mercantil, Administrativo y Laboral no aparece en el texto disponible. Los ejercicios se ajustan a la normativa publicada en el BOE a fecha de la convocatoria, aunque no haya entrado en vigor.
- I. Derecho Constitucional y de la Unión Europea: 29 temas (Constitución, fuentes, derechos fundamentales, igualdad y violencia de género, Tribunal Constitucional, Poder Judicial, Ministerio Fiscal, Unión Europea).
- II. Derecho Civil: 94 temas (fuentes, persona, derechos reales y Registro de la Propiedad, obligaciones y contratos, consumidores, responsabilidad extracontractual, familia y sucesiones).
- III. Derecho Penal: 64 temas (parte general temas 1 a 26 y parte especial temas 27 a 64, según el reparto que hacen las bases para el segundo ejercicio).
- IV. Derecho Procesal Civil: 60 temas (según el reparto que hacen las bases para el tercer ejercicio).
- V. Derecho Procesal Penal: número de temas no consta en el texto disponible.
- VI. Derecho Mercantil: número de temas no consta en el texto disponible.
- VII. Derecho Administrativo y Derecho Laboral: número de temas no consta en el texto disponible.
Cómo presentar la solicitud
Plazo: 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE (15 de junio de 2026): del 16 de junio al 13 de julio de 2026.
- Entra en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es/PAG/ips), busca la convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, pulsa «inscribirse» y luego «realice su inscripción online».
- Identifícate con Cl@ve (certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve permanente).
- Rellena el modelo oficial 790 en línea. Si pides exención de tasa, adaptación por discapacidad o vas por el turno de reserva, adjunta escaneados los documentos que lo justifiquen.
- Paga la tasa de 31,10 euros en la misma plataforma. El justificante lleva el número NRC que acredita el pago.
- Registra la solicitud electrónicamente y descarga el justificante firmado. Puedes modificar los datos mientras dure el plazo.
- Solo si de forma excepcional y justificada no puedes hacerlo por internet: escribe a seleccion@escuelajudicial.es dentro del plazo explicando el motivo; te facilitarán un impreso en papel para pagar en banco y presentarlo en el Registro del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada 8, Madrid), del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (calle de la Bolsa 8, Madrid), de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny 4, Madrid) o en cualquier oficina de registro oficial.
Tasa: 31,10 euros. Exentos del 100%: personas con discapacidad igual o superior al 33% (con certificado), demandantes de empleo desde al menos un mes antes del 15 de junio de 2026 que no hayan rechazado ofertas ni tengan rentas mensuales superiores al salario mínimo (con certificado del servicio de empleo, declaración de la renta y declaración jurada), familias numerosas de categoría especial (con título actualizado) y víctimas del terrorismo (con sentencia o resolución). Familias numerosas de categoría general: 50% de descuento. No se devuelve la tasa si te excluyen por causas tuyas.
Documentación
- Solicitud modelo 790 rellenada y registrada por internet, con justificante de pago de la tasa.
- No hace falta adjuntar DNI, título ni antecedentes penales: al firmar la solicitud autorizas a la Comisión a consultarlos, salvo que te opongas expresamente (entonces tendrás que aportarlos).
- Título extranjero: credencial de homologación o certificado de equivalencia.
- Turno de discapacidad con adaptación: escrito con las adaptaciones que pides (para el escrito o los orales) y dictamen técnico facultativo del órgano que reconoció el grado.
- Exención de tasa: certificado de discapacidad, o certificado de demandante de empleo más declaración de la renta y declaración jurada de rentas, o título de familia numerosa actualizado, o sentencia/resolución de víctima del terrorismo.
- Al aprobar: la documentación que te pida la Comisión para acreditar los requisitos no comprobados antes, en el plazo que indiquen (con 10 días hábiles más para subsanar).
Fechas clave
- Publicación de la convocatoria en el BOE: 15 de junio de 2026
- Fin del plazo de solicitud: 13 de julio de 2026
- Lista provisional de admitidos y excluidos (BOE): 28 de julio de 2026
- Plazo para subsanar o reclamar contra la lista provisional: 10 días hábiles desde el 29 de julio de 2026, solo por correo a seleccion@escuelajudicial.es
- Primer ejercicio (test): Sin fecha aún. Se anunciará en el BOE y en las webs oficiales con al menos 10 días hábiles de antelación, al aprobar la lista definitiva
- Segundo y tercer ejercicio (orales): Sin fecha aún. Se anunciará con al menos 10 días hábiles de antelación, con calendario por semanas
Consejos para este proceso
- No estudies para «aprobar» el test: pasan solo los 1.650 mejores de toda España. El fallo resta 0,33, así que deja en blanco lo que no sepas.
- Los orales exigen «cantar» 5 temas en 60 minutos sin apuntes salvo tus esquemas de 15 minutos: entrena la exposición en voz alta con cronómetro desde el primer día.
- Aprovecha el rechazo de tema: puedes cambiar uno de los cinco por otro del mismo bloque; decide antes de empezar el tiempo de preparación.
- Si apruebas el segundo ejercicio pero no el tercero, en la siguiente convocatoria te libras del test: es una red de seguridad que conviene tener en cuenta.
- El orden de actuación empieza por la letra U del primer apellido: calcula aproximadamente cuándo te tocará para organizar los repasos de los orales.
- Usa solo el correo seleccion@escuelajudicial.es para subsanaciones y reclamaciones; por otra vía no se admiten.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentarme sin ser funcionario?
Sí. Es turno libre: basta con cumplir los requisitos (mayoría de edad, nacionalidad española y título de Derecho).
¿Me apunto a juez o a fiscal?
La solicitud y los exámenes son los mismos para las dos carreras. Solo al superar los tres ejercicios eliges Carrera Judicial o Fiscal, por orden de nota (el número 1 elige primero). Tienes 24 horas desde el último examen para formalizar la opción y no se puede cambiar después.
¿Cuánto hay que sacar en el test para pasar?
No hay una nota fija. El tribunal fija el corte de modo que solo pasen los 1.650 mejores (más empates y reclamaciones estimadas). Aciertos: 1 punto; fallos: -0,33; en blanco: 0.
¿Qué pasa si suspendo el tercer ejercicio?
Si has aprobado el segundo, en la convocatoria siguiente no tendrás que hacer el test. Además, si en los dos orales sumas al menos 55 puntos con al menos 20 en el tercero, entras en una lista adicional que puede aprovechar plazas que queden libres, según las bases.
¿Cuánto cuesta y quién no paga?
31,10 euros. Están exentos las personas con discapacidad del 33% o más, los demandantes de empleo con rentas bajas, las familias numerosas de categoría especial y las víctimas del terrorismo. Las familias numerosas generales pagan la mitad.
¿Dónde se hacen los exámenes?
El test, en la sede o sedes que fije la Comisión de Selección al publicar la lista definitiva. Los orales, en la sede que se anuncie; el tribunal tiene su sede en la calle Trafalgar 27-29 de Madrid.
Seguimiento del proceso
- 30 sep 2026
Lista definitiva de admitidos
Acuerdo de 24 de septiembre de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas para el ingreso en la Escuela Judicial y en el Centro de Estudios Jurídicos, convocadas por Acuerdo de 4 de junio de 2026, se nombra el Tribunal calificador número 1 y se señalan los lugares de celebración del primer ejercicio.
BOE - 28 jul 2026
Lista provisional de admitidos y excluidos
Acuerdo de 21 de julio de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas, para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial y del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez/a y a la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal, convocadas por Acuerdo de 4 de junio de 2026.
BOE - 15 jun 2026
Convocatoria publicada
Acuerdo de 4 de junio de 2026, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de juez/a, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado/a Fiscal
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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La información oficial es la del boletín y las bases enlazadas; esta ficha es una ayuda para entenderlas y puede contener errores. Última actualización: 7 oct 2026.