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Plazo cerrado, esperando lista de admitidos Temporal / interinidad Funcionario

1 plaza de letrado (abogado) en la AMAPAD, Comunidad de Madrid — interino

Nombre oficial: Técnico/a superior — Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Conciliación y Defensa Jurídica

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Madrid)

La Comunidad de Madrid convoca un puesto de letrado (abogado) en la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD). No es una oposición: no hay examen, se selecciona por méritos (baremo) para un nombramiento como funcionario interino, es decir, temporal. Además se crea una lista de espera para cubrir otros puestos parecidos en esa Consejería. El plazo para pedirlo fue del 16 al 24 de junio de 2025.

Plazas1
1 libres
Plazo de solicitudhasta el 24 jun 2025
cerrado hace 474 días
ExamenSin fecha aún
TitulaciónA1 · Grado / licenciatura
Grado o Licenciado en Derecho
SistemaVer bases
Publicada13 jun 2025
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
  1. Convocatoria13 jun 2025
  2. Plazo24 jun 2025
  3. Admitidos (prov.)
  4. Admitidos (def.)
  5. Examen
  6. Resultados
  7. Nombramientos

El plazo ya está cerrado: terminó el 24 de junio de 2025. La ficha sirve para entender cómo funcionan estas convocatorias de interinos de la Comunidad de Madrid, que se repiten y siempre dan solo siete días hábiles. Ojo también: la composición del Tribunal no está en la Orden, está en la Resolución 2673/2025, de 27 de mayo, de la Secretaria General Técnica de la Consejería.

Quién puede presentarse

  • Tener el título de Grado o Licenciado en Derecho. Si lo obtuviste fuera de España, necesitas la credencial de homologación o el certificado de equivalencia.
  • Cumplir los requisitos generales de acceso al Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Conciliación y Defensa Jurídica (Grupo A, Subgrupo A1). Las bases no los detallan una a una.
  • Poder presentar la solicitud por internet: hace falta certificado electrónico o firma electrónica admitida por la Comunidad de Madrid.
  • Puntúan (no son obligatorios): al menos 3 años ejerciendo la abogacía, haber estado en el turno de oficio del Colegio de Abogados de Madrid al menos 3 años, haber aprobado algún examen de una oposición del grupo A1 en los últimos 3 años y tener carné de conducir en vigor.

No puedes si…

  • No se te puede adjudicar el puesto si ya te habían adjudicado otro del mismo Cuerpo, Escala o Especialidad con un nivel de complemento de destino igual o superior al de este puesto (nivel 25).
  • Si te adjudican la plaza y renuncias, o no tomas posesión en plazo, no podrás ser nombrado funcionario interino de la Comunidad de Madrid durante los 12 meses siguientes, salvo que justifiques alguna de las causas del artículo 7.2 del Decreto 50/2001.

Pruebas

1. Valoración de méritos (baremo) (eliminatoria)No hay examen. El Tribunal puntúa lo que acredites con documentos: experiencia de al menos 3 años ejerciendo la abogacía, hasta 4 puntos (jurisdicción civil 2 puntos, penal 1 punto, social 1 punto); haber estado en el turno de oficio del Colegio de Abogados de Madrid un mínimo de 3 años en civil, penal o social, 2 puntos; haber superado en los últimos 3 años algún ejercicio de una oposición del grupo A1, 1 punto; y tener carné de conducir vigente, 1 punto. Gana el puesto quien saque más puntuación. Los empates los resuelve el Tribunal con criterios que fija antes de puntuar.
2. Nota mínima para entrar en la lista de esperaPara quedar en la lista de espera hay que llegar al nivel mínimo de puntos que fije el Tribunal. Si no lo alcanzas, no entras en la lista. Puedes pedir expresamente en la solicitud no formar parte de ella.

Dificultad estimada: 3/5 — Solo hay una plaza y exige ser abogado con varios años de ejercicio, pero no hay examen ni temario: se decide con documentos, así que el esfuerzo está en acreditar méritos, no en estudiar.

Temario

No hay temario: este proceso no tiene examen, se resuelve solo valorando méritos con documentos.

Cómo presentar la solicitud

Plazo: Siete días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. En la práctica: del 16 al 24 de junio de 2025.

  1. Consigue un certificado electrónico o sistema de firma electrónica válido en la Comunidad de Madrid, si no lo tienes ya.
  2. Entra en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/cobertura-interinos-letrado-amapad-0, y rellena el modelo oficial de solicitud. Solo se admite por internet.
  3. Indica en la solicitud el número y la denominación del puesto: 71512, Letrado AMAPAD. La solicitud se dirige a la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.
  4. Detalla en el formulario toda la documentación que adjuntas y sube los documentos que acreditan tus méritos, incluido el informe de vida laboral.
  5. Si no quieres formar parte de la lista de espera, dilo expresamente en la solicitud.
  6. Presenta la solicitud dentro de los siete días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  7. Cuando salga la lista provisional de admitidos y excluidos en la web de la Comunidad de Madrid, revísala. Tienes cinco días hábiles desde el día siguiente para presentar alegaciones, también por internet.

Documentación

  • Copia del DNI o del pasaporte. La Comunidad de Madrid lo consulta por vía electrónica; solo lo aportas tú si te opones a esa consulta y justificas el motivo.
  • Copia del título de Grado o Licenciado en Derecho. Igual que el DNI: lo consulta la Administración salvo que te opongas. Si el título es extranjero, la credencial de homologación o el certificado de equivalencia.
  • Informe de vida laboral, en todo caso.
  • Para la experiencia en la abogacía: certificado del despacho profesional u organismo donde hayas ejercido.
  • Para el turno de oficio: certificado del Colegio de Abogados de Madrid que acredite al menos tres años de pertenencia.
  • Para el ejercicio aprobado de una oposición del grupo A1: certificado del órgano competente de la Administración correspondiente o, en su defecto, resolución del Tribunal Calificador o copia del diario oficial donde conste.
  • Copia del carné de conducir en vigor.

Ir a la solicitud

Fechas clave

  • Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (núm. 140): 13 de junio de 2025
  • Inicio del plazo para presentar la solicitud: 16 de junio de 2025
  • Fin del plazo para presentar la solicitud: 24 de junio de 2025
  • Publicación de la lista provisional de admitidos, excluidos y puntuaciones en la web de la Comunidad de Madrid: No lo dicen las bases; será cuando el Tribunal termine de puntuar
  • Plazo para presentar alegaciones a la lista provisional: Cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esa lista
  • Resolución de adjudicación del puesto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid: No lo dicen las bases

Consejos para este proceso

  • El plazo es cortísimo: siete días hábiles. Ten el certificado electrónico funcionando antes de que salga la convocatoria, no el último día.
  • Pide con tiempo el certificado del Colegio de Abogados y los certificados de los despachos: son los que más tardan y sin ellos pierdes hasta 6 de los 8 puntos posibles.
  • Sube todo dentro del plazo. Terminado el plazo no se admite ni se valora ningún documento más, aunque el mérito sea real.
  • Sube la copia del carné de conducir aunque parezca una tontería: es 1 punto de 8, y en un baremo tan corto puede decidir el puesto.
  • Aunque no seas el más puntuado, te interesa quedar en la lista de espera: sirve para cubrir otros puestos iguales en esa Consejería hasta que salga la lista de las pruebas selectivas.

Preguntas frecuentes

¿Es una oposición con examen?

No. No hay ningún examen ni temario. Un Tribunal puntúa los méritos que acredites con documentos y se adjudica el puesto a quien más puntos saque.

¿Me quedo de funcionario para siempre?

No. Es un nombramiento de funcionario interino, temporal. Se extingue en los casos del artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público y la duración máxima es de tres años.

¿Sirve de algo presentarse si solo hay una plaza?

Sí. Si llegas al mínimo de puntos que fije el Tribunal, entras en una lista de espera que se usará para cubrir otros puestos de características idénticas en esa Consejería, hasta que se apruebe la lista salida de las pruebas selectivas.

¿Hace falta pagar algo?

Las bases no mencionan ninguna tasa.

¿Puedo presentarlo en papel o en una oficina de registro?

No. Las solicitudes se presentan solo por internet, en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, y hace falta certificado o firma electrónica.

¿Qué pasa si me lo dan y luego digo que no?

Si renuncias al nombramiento o no tomas posesión en plazo, no podrás ser nombrado funcionario interino de la Comunidad de Madrid durante los doce meses siguientes, salvo causa justificada del artículo 7.2 del Decreto 50/2001.

Seguimiento del proceso

  • 13 jun 2025
    Convocatoria publicada

    ORDEN 1719/2025, de 6 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convoca, para su cobertura interina un puesto de trabajo vacante en la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD), perteneciente a dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera

    BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Bases Avisarme

La información oficial es la del boletín y las bases enlazadas; esta ficha es una ayuda para entenderlas y puede contener errores. Última actualización: 6 oct 2026.